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Ley de cambio climático

¿Qué podemos aprender de la Ley catalana y de otras leyes de cambio climático?

21 de septiembre de 2017

JORDI ORTEGA (*)PoluareHay que delimitar bien qué es y qué no es una ley de cambio climático. La primera ley de cambio climático fue aprobada en 2006 en California por Arnold Schwarzenegger. La siguiente en Reino Unido.  Mientras Gordon Brown presentaba el informe Stern en 2006, coincidiendo con el G20, David Miliband ponía atrevimiento en la Ley de Cambio Climático (aprobada en 2008); y, todo hay que decirlo, Tony Blair declaraban la guerra a Irak. Escocia (2009), Dinamarca (2009) y otros países del entorno tienen su ley del clima. Ahora se suma la aprobada en Cataluña el 27 de julio (con 122 votos a favor, 11 abstenciones y ningún voto en contra).

El proyecto de ley se presentó en el Parlamento el 26 enero de 2016. El consenso alcanzado permitió aprobar una versión mejorada del proyecto que entró en el Parlamento. Otros gobiernos pueden aprender de estas leyes y las dinámicas de otros países. La última iniciativa ha sido la del gobierno Balear. El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente y el Ministerio de Energía tienen en consulta pública la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. En el cuestionario preguntan por el horizonte temporal: ¿2030, 2050 o 2030 y 2050?

¿Qué se entiende por una ley del clima? Las actuales políticas climáticas se plasman en estrategias, planes, pero son declaraciones de intenciones; una ley, en cambio, tiene un carácter jurídico vinculante. En este sentido, uno de los temas más interesantes que incorpora la Ley catalana es pasar de metas y objetivos a presupuestos de carbono. La ley catalana establece límites estrictos al Gobierno para los periodos 2021-2025 y 2026-2030 (aprobados antes de 31 diciembre 2020), 2031-2035 (aprobado antes de 31 diciembre 2023), 2036-2040, 2041-2045 y 2046-2050 (aprobados con una década de anticipación). Estos presupuestos de carbono dibujan una hoja de ruta, no un horizonte lejano (2030 0 2050), sino una escalera descendente de reducción de las emisiones de GEI.

Reino Unido tiene aprobados los Carbon Budget (presupuestos de carbono) hasta 2032.  El Gobierno tiene fijada esa escalera descendente que empezó en 2008-2012 con el objetivo de reducir las emisiones un  25%, en 2013-2018 un 31%; en 2018-2022 un 37%, en 2023-2027 un  51% y, por último, en 2028-2032 un 57%. Cada año el Gobierno debe presentar un informe del grado de cumplimiento y, otra novedad, un comité independiente de cambio climático -elegido por el Parlamento- evaluará  las políticas y hará recomendaciones vinculantes.

Hay cierta confusión entre las leyes del clima que desarrolle el Gobierno y la Ley de Cambio Climático que modifica las reglas del juego. La Ley catalana, a diferencia de la Ley británica articulada entorno al Carbon Budget, comité del clima e impacto y adaptación, sólo dedica a esto dos artículos, pero en cambio parece querer definir las políticas climáticas. ¿A qué me refiero?  La ley catalana establece objetivos de viviendas de consumo cero, desarrollo del vehículo eléctrico, abandono de la energía nuclear, etc. Un presupuesto de carbono ofrece una flexibilidad al Gobierno para decidir dónde afrontar reducciones presentes y futuras, en cambio, la ley parece marcar un camino a través de políticas sectoriales, lo que es tarea del Gobierno y del comité del clima.

Otra buena parte de la Ley catalana es redundante: existe la oficina de cambio climático, la mesa social del clima, el comité intergubernamental, etc.  ¿Qué es lo relevante? Políticas climáticas dejan de estar sujetas a los cambios del Gobierno para ganar un protagonismo, inesperado, en el Parlamento. Un Parlamento puede fijar líneas para horizontes a largo plazo.

La Ley británica, sin embargo, dejó fuera aquellos aspectos más imaginativos que nos pueden ofrecer una imagen clara de qué son unos presupuestos de carbono. David Miliband insistía en aplicar de forma progresiva -no renunciar- esas propuestas a partir de 2020. Imaginemos que estamos en 2020. Llegamos a una gasolinera y pagamos 45 euros por llenar el depósito. Hasta aquí todo normal. Ahora deberemos de pagar también 82 kg de CO2 con nuestra Personal Carbon Allowance Card. Cada persona tendría que gestionar su presupuesto de carbono, al igual que cada administración, empresa, etc.  Carbon-trading-photo1Ni la Ley británica ni la catalana contemplan distribuir el 40% de presupuesto de carbono entre particulares. Por ahora el Gobierno gestionará todo el presupuesto de carbono del todo país. El Gobierno gestiona una buena parte de PIB como para a través de la ‘contratación verde’ y la ‘huella de carbono’ calcular el carbono de sus presupuestos generales. El cambio climático no es un problema de la economía, sino que tiene otras dimensiones: política y social. Descubrimos el potencial de la ley del clima en modificar patrones de comportamiento de consumidores, e incentiva, sin medidas coactivas, productos y servicios bajos en carbono.

La ley del clima, a diferencia de las políticas climáticas basada en planes y estrategias (no todo se puede considerar una ley del clima), tiene la virtud de las tres E: es socialmente Equitativa (evita una apropiación injusta de la atmósfera, evita distribuir cargas de quien menos tiene a quien más tiene) , es climáticamente Eficaz (al establecer límites absolutos) y económicamente Eficiente (incentiva cambios con el menor coste).Otro error es plantearse si las emisiones reguladas por el comercio de carbono, que incluye el sector energético e industrial, deben quedar fuera del mercado de carbono.

La ley climática actúa sobre la demanda. Aquí entra el dilema entre tasas de carbono o carbón personal. Incrementar los impuestos ecológicos puede resultar, superados unos niveles que no tenemos aquí, regresivo; el carbón personal para quien está por debajo de la media sería progresivo. La demanda, la gran ignorada en las políticas climáticas, pasa a tener el protagonismo. Proteger el clima nos lleva a comer más sano (más vegetales y cereales); genera empleo, innovación (agricultura biológica, fitoquímica, etc) y nos permite salir de la era fósil (empezamos a vincular el terrorismo internacional con el cambio climático y la geopolítica energética).

La ley necesita un rodaje para incorporar primero experiencias piloto de Personal Carbon Card para añadirlas más tarde a las políticas climáticas y a las decisiones individuales. La política climática muda de los estados a las ciudades. Ulrich Beck ironiza el paso de naciones unidas a ciudades unidas y resalta al papel de una ciudadanía democrática climática. La ley del clima regresa a esa aventura que fue la polis, precursora de la democracia, revaloriza la democracia contra la ‘expertocracia’ -por eso no tiene sentido hablar de comité de expertos- y, sobre todo, ayuda a predecir los desastres climáticos.

No estamos, con esta ley, ante el imperio de los 1000 años. Es el comienzo de nuevas dinámicas a través de ese cambio de reglas de juego que da más poder al individuo. El potencial emancipador del cambio climático reside en la democracia, no en una distribución autoritaria de dosis de ascetismo por parte expertos. La democracia es la esperanza ante las amenazas globales.

http://blogs.elpais.com/alternativas/2017/09/qu%C3%A9-podemos-aprender-de-la-ley-catalana-y-de-otras-leyes-de-cambio-clim%C3%A1tico-.html

(*) Jordi Ortega es fundador de Forum Ecologic

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