No han entendido en qué consiste una ley del clima
Jordi Ortega, Barcelona – Agosto 20, 2018 –
Hay una diferencia entre hacer leyes del clima y aprobar una ley de cambio climático. Para entender hacia donde se orientan las políticas climáticas basadas en las leyes del clima hay que prestar atención a, por ejemplo, Holanda que acaba de presentar su ley de cambio climático (2018). Se suma las leyes de California (2006), Reino Unido (2008), Escocia (2009), México (2012), Dinamarca (2014), Finlandia (2015), Francia (2015), Noruega (2017), Catalunya (2017), Noruega (2017). Alemania en lugar de ley del clima aprobó su Plan de Acción Climático 2050 y evitó abordar el objetivo del plan: cómo, cuándo, etc., cerrar las centrales de lignito y hulla. Baden-Wurttemberg tiene una Ley de Cambio Climático y Transición Energética del gobierno de Verdes-CDU.
Holanda deja que el Consejo de Estado sea el organismo que evalúe los planes anuales del Gobierno. La Ley británica establece que un comité independiente fije los objetivos cada 5 años y evalúe los planes anuales. En la propuesta de ley de cambio climático presentada por Podemos, Equo, Comunes, IU, si se puede llamar así, el gobierno elaborará un plan de 10 años con objetivos que marque la Unión Europea (2030/2050). En otros países el plan se detalla a nivel anual. No aparece ni una sola referencia al papel del “parlamento”. En cambio en las diversas leyes de clima, el gobierno rinde cuentas. En la propuesta de ley de cambio climático presentada por el PP este plan es evaluado por un comité, con una o dos discusiones anuales en el Parlamento y se contempla la creación de un “Observatorio del cambio climático”.
La pionera ley climática británica
La ley británica del cambio climático tiene dos elementos diferenciadores: por un lado soberanía que reside en el Parlamento, la capacidad de presión de ONG a los diputados elegidos en distritos, logro el éxito de una campaña de Amigos de la Tierra; por otro lado, el objetivo de la ley no una yuxtaposición de políticas sectoriales busca una asignación personal de carbono, esto es, un enfoque radical de reducción de emisiones).
La Ministra de Medio Ambiente del PP impulsó, hace años, una Ley de Cambio Climático y Transición Energética. Su primera intención era copiar la ley británica, pero fue bloqueada desde el ministerio de industria y Energia y retrasada por la propia ministra a la espera de las 350 aportaciones de Bruselas. Era fácil aprender lecciones de la ley catalana sin necesidad de innovar mucho, pero en lugar de entender la nueva arquitectura de la ley catalana en la toma de decisiones,el análisis se redujo a examinar si era ambiciosa en objetivos.¿Y por qué esto? Es una ingenuidad pensar que solo con que el gobierno se marque unos objetivos, estos se hacen realidad. La ley británica La ley británica carece de cuestiones concretas, no es un listín telefónico de medidas. .la ley jugaba con la filosofía de la “escasez” utilizando una “política de racionamientos” aplicada al carbono. En cierto modo la “compra verde”, que considera las emisiones de carbono de forma adecuada, no es la única variable. En la ley británica se han descartado los “presupuestos de carbono” hasta 2032 y con ello, han quedado descartados también determinados “falsos puentes” como sería la apuesta por el gas.
Una ley que para ser ambiciosa concreta demasiado, corre riesgo, como tantas que se han hecho, de quedar obsoletas antes de aplicarse. Quieren ganar el aplauso fácil al ser aprobadas, en lugar de perfeccionar una arquitectura flexible; que permita orientar la política climática sobre la marcha en escenarios cambiantes con una evaluación contante al gobierno, en un proceso de aprendizaje en que participe la sociedad y el Parlamento, su representante.
Otras leyes del clima: ley vasca y balear
El gobierno vasco al presentar la ley vasca de cambio climático reconoce se inspira en el Klima 2050 del gobierno alemán. El gobierno alamán renunció a una ley del clima. La viceconsejera Elena Moreno señala que el propósito es alinearse con las políticas europeas. La ley del clima no es una exigencia europea. Teresa Ribera diferencia la ley de cambio climático y transición energética, en una entrevista , del Plan Nacional de Energía y Clima que hay, este sí, que remitir a Bruselas, vigente hasta 2030 con el objetivo del 32% de renovable y 40% reducción de CO2. Descarta que la ley se convierta en un listín telefónico de acciones. Es tarea del gobierno determinar las acciones y del comité del clima fijar los objetivos. Dos vías para que se autoexcluyan una a la otra.
Cuando se evalúan las leyes de los distintos países, más que objetivos se analiza si tienen robustez, en términos de garantías de cumplimiento, mecanismos de rendir cuentas, papel del parlamento, participación. Se cae en reduccionismo de reclamar un consenso tecnocrático impuesto desde arriba por ley; en lugar de establecer, mediante la ley, una participación democrática. La ley sirve para gestiona una transición dinámica cuando, en cambio, tenemos una idea que las transiciones han de ser planificadas, controlable, previsible, etc. La realidad es que surgen de múltiples iniciativas ciudadanas.
El gobierno Balear aprobó un proyecto de ley. Los presupuestos de carbono serán (artículo 13. 1) por sectores., se fija de forma quincenal (artículo 13.2), pero no es tarea del comité de expertos fijar dichos presupuestos, es un órgano de asesoramiento al gobierno (artículo 7.1) nombrado por el presidente y el conceller (artículo 7.2). Desaparece el parlamento. El parlamento Balear tiene, como sucedió en Parlament de Catalunya, recorrido para mejorar la ley.
Propuesta de Podemos, Equo, Comunes IU
A continuación analizamos las propuestas de Podemos:
- Fija objetivos 2030, 2040 y 2050. Se crean los presupuestos de carbono con topes quincenales. ¿Por qué fijar objetivos si se quiere fijar presupuestos de carbono? Artículo 5.2, 5.3 y 5.4 se establecen “objetivos” (35%, 70% y 95%) de reducción; articulo 5.6 presupuestos de carbono para sectores excluidos. En la ley del clima los “presupuestos” de carbón son metas anuales que tiene el gobierno (que recoge el artículo 8; dejando fuera de esta regulación el sistema de comercio de emisiones). El presupuesto de carbono parte de otras coordenadas: en lugar de poner techos a la producción se trata de poner techos a la demanda. Un ejemplo de ello está las legislaciones que recogen la llamada “economía del comportamiento”. No es la cementara la que tiene un techo sino, para entendernos, quien compra cemento. Una cementara mientras haya demanda venderá cemento, superará los limites, adquiriendo permiso. Los países con leyes del clima tienen límites absolutos.
- Se propone la creación de una Agencia Estatal de Cambio Climático, en lugar de un comité independiente de cambio climático. Originalmente el Reino Unido proponía un híbrido entre organismo regulador (dedicado a gestionar las cuotas persones de carbono carbón o institucionales) y comité asesor del parlamento. Esta Agencia, al igual que el comité británico (o catalán) de cambio climático, tiene la tarea establecer los límites de carbono cada 5 años. Pero aquí el Gobierno remitirá al Parlamento el Proyecto de Ley de Presupuestos de Carbono cada cinco años (artículo 8.3), ¿por qué no responsabilizar directamente a la Agencia de esa tarea? El artículo 8.5 establece una supervisión anual.
¿Por qué estos presupuestos del carbono están elaborados solo con los sectores excluidos del comercio de emisiones? Es un esquema que no considera el potencial que tiene modificar el Business as Usual. Lo que se regula con la ley del clima no son las fuentes de emisión. El objetico de una ley del clima es dar una señal al consumidor, incentivarlo a consumir productos bajos en carbono. El comercio del carbono para las empresas es una medida coactiva: que el mercado le demande productos bajos en carbono es una medida incentivadora. Invierte completamente el enfoque. La efectividad de esa política climática es mucho mayor, el coste menor y mejora la equidad.
Reflexión sobre cuotas personales de carbono
La gestión de las cuotas personales de carbono no se transfiere a los ciudadanos. David Miliband, impulsor de la ley, proponía hacerlo en 2020. Los presupuestos no gestionan los focos de emisiones sino la demanda. El CO2 que hay en cada “compra”. El mercado de comercio de emisiones se establece entre productores de la gran industria. Es una política climática coja, porque no usa el potencial que tiene actuar sobre la demanda. Los presupuestos del carbono de todas las administraciones suponen una parte elevada del PIB. Son capaces de actuar sobre la oferta .En una segunda fase, se podríen extender de forma gradual los presupuestos del carbono a todos los consumidores para promover cambios de comportamiento. Se podrían aplicar los “presupuestos del carbono” empezando por los combustibles líquidos: gasolina/diésel en los vehículos, consumo doméstico de gas, viajes de avión, barco (con un potencial de cambio de pautas de comportamiento).
Las cuotas o presupuestos de carbono de los ciudadanos, por ahora, son gestionados por el estado. En cambio, las cuotas personales de carbono hacen que esa gestión sea llevada a cabo por los ciudadanos. En la ley británica se excluyó esta propuesta (en los anexos), pero, no se descarta que se pueda incluir en el futuro. ¿Qué política climática es más efectiva, equitativa y eficiente para lograr, en la próxima década, que las viviendas sean de “consumo de energía nulo”? ¿Regresamos a las políticas basadas en el control, obligaciones o es mejor pasar a aplicar incentivos fiscales? La tarea del comité del cambio climático es descubrir nuevas opciones.
Los municipios tienen competencias en normativa de construcción, planes urbanísticos en que la planificación energética brilla por su ausencia (a pesar de lo que dice la ley de 1997 y de 2013). ¿Cómo incentivar la rehabilitación energética de edificios para viviendas de consumo nulo? No es un problema ni legal, ni económico, ni tecnológico, quizá sea psicológico.
En esta perspectiva trabaja la cuota de carbono, lograr un cambio sin dolor, sin coacción. Aquí el “pequeño empujón“ que supondría gestionar cuotas personales de carbono.
El cambio vendrá mayoritariamente a través del cambio de tarifas que a través de la ampliación del “bono social ante emergencias” (y buscar formas alternativas de financiación). ¿Por qué no aplicar una “tarifa social” y una “tarifa para consumos básicos” -con distintos perfiles- pero dando más libertad en el uso de esa parte de la tarifa que ahora cubre el bono social e integrarlo con la otra parte destinada a eficiencia energética? ¿Y, a su vez, modificar las ayudas por compensación que recibe la industria por el “sobrecoste” de carbón con un programa de techos solares en la industria? La industria ha cobrado 5,99 millones de euros, y pide, a través de los sindicatos, los 78 millones euros de “ayudas de estado” en forma de “compensaciones” por el coste del carbono (conforme promesas del Ministro de Energía y el RD 1055/2014) (https://elperiodicodelaenergia.com/la-gran-industria-suma-ya-16-millones-en-ayudas-compensatorias-por-sus-costes-en-emisiones-de-co2-desde-2014/). ¿No sería más efectivas medidas activas: tanto climáticas, de ahorro de costes y de mejora de la competitividad?
De la modalidad de balance neto, se tiene que pasar al autoconsumo digital (con gestión de la demanda, coche eléctrico, bombas de calor, etc.) ahora existen fórmulas que permiten incluir en el contrato una parte de consumo generado bajo la modalidad de “autoconsumo compartido. Se trata de la enmienda a la ley de energía renovable alemana aprobada en 2017. Stadtwerke Berlin, por ejemplo, hace que la inversión se amortice en el recibo. La energía generada en el propio edificio no paga ni redes, ni peajes, ni impuestos, por tanto, puede ofrecer tarifas más baratas. En las empresas de servicios de Berlín, la energía solar sobrante, se la vierte a la red, se usa en cargar vehículos eléctricos, incluso en alquilar baterías a vehículos eléctricos que permiten mejorar la productividad de la energía solar.
- ¿Ley o planes?Propone en el artículo 10, un Plan Nacional de Transición Energética; en el artículo 11, Plan Nacional de Eficiencia Energética; en el artículo 13, Plan Nacional de Renovable. En el artículo 13.11,e. propone District Heating and Cooling basado en redes urbanas de calor y frío impulsada ¡en los años 50 de siglo pasado! ¿No es hoy es mucha más eficiente bombas de calor o sistemas de “micro-tri-generación” en edificios? La propuesta de SPD en Hessen de “programas de 100.000 trigeneración”; obtuvo un 15% de votos apostando por una cambio al 100% renovable en dos legislaturas).
¿Funcionan las subastas?
- El artículo 13.6 defiende un sistema de subastas “neutra”. Se olvida que detrás de cada kWh, aunque su apariencia sea igual, hay tecnologías con funcionalidades muy diversas detrás. La eficiencia tecnológica no reside en la madurez. Esta idea olvida que la transición energética es un conflicto, expresado en un papel de la FAES, entre política energética y mercados competitivos. La política energética es lo opuesto al funcionamiento del mercado y la competitividad. Es una farsa hablar de “cuña gubernamental” en la política climática y ambiental alegando que con los “presupuestos generales” se pagan los costes derivados de la regulación. En el momento que una parte de tarifa se “liberaliza” y el precio de generación se establece en “mercados marginales”, las energética consideran que la parte regulada son costes ajenos al sistema y que, por tanto, lo debe pagar el gobierno como pagan el resto de políticas. Como el precio de CO2 lo fija un mercado ya no consideran que se tratan de políticas. Es toda una abdicación de la política.
¿Se imaginan que eso se aplicase a la industria textil? Si se regulan las sustancias tóxicas de las prendas, ¿esto significa que el coste de la materia prima se paga con los “presupuestos del estado”?. Imagine que en lugar de decir se “hace política con la energía” en lugar de “política energética”, se dijera lo mismo con el textil, alimentación o construcción. Tendríamos una parodia de economía soviética. Es el resultado de cuatro décadas de consenso de Washington. Toda regulación se considera intromisión contraria a la competencia. La ley de 1997 aún respira el “pragmatismo utilitarista” de toda regulación liberal. La ley de renovable se consideró en el 2000 una excelente política industrial ecológica. Dos décadas después convertimos el mercado en una caricatura de sí mismo.
Dinamarca se suma a las subastas de renovables. Es la segunda vez que suprime “precios regulados”. La anterior subasta supuso un parón de la eólica. Ahora anuncia la subasta multitecnología como una subasta para repartir 112 millones de euros en proyectos. Se sustituye el mercado con precio regulado por una especie de licitación de obra pública. Es una idea completamente deformada de la competitividad. El sector eólico, dominado por las grandes empresas, lo aplaude. El precio es que se esfuma la feroz competencia entre fabricantes. Alemania, preocupada por el precio, paraliza la eólica terrestre e impulsa la eólica marina más cara. La eólica ha caído un 43% respecto 2013. La reforma hunde de forma más rápida y profunda la eólica. Además de la enmienda están las políticas proteccionistas regionales que unen a ecologistas (NABU) con el gobierno conservador. La fotovoltaica cayó de 7,6 GW en 2012, tras tres años de mantenerse por encima de 7 GW, a 1,9 GW en 2014, 1,5 GW en 2015, 1,5 GW 2016 y 0,4 en 2017, cuando el gobierno, para cumplir con los objetivos de 2020, necesita 2,6 GW anuales. El 71% del empleo de la renovable se ha destruido. La Energiewende ha perdido la W.
¿Es este es el modelo que Podemos tiene para el desarrollo de la energía renovable?
La reforma de la ley alemana que suprime el precio regulado por la subasta tuvo el voto contrario de los diputados del SPD y CDU con el argumento que se expulsaría a los ciudadanos del desarrollo de las renovables, al ponerles unos límites. Ni siquiera llegó a cumplir objetivos. Christoph Schmidt del Fraunhofer Institut, sugirió que en un modo con más solar, cuando la solar cubre el 50% de la demanda en hora punta y el 13% de mes de julio por encima de la nuclear, los vertidos a la red deberán de hacerse desde baterías. Una retribución regulada que favorezca las baterías asociadas a fotovoltaica, ahora mucho más baratas que los costes variables.
Aun así la controversia persiste. En julio, Claudia Kemfert respondía a Hans-Werner Sinn: Consideraba que se cae en errores de metodología cuando se considera que el cuello de botella de la transición energética reside en las baterías. Imaginemos que en Alemania, de ese 13% de solar en julio, se pasase al 52%; el pico pasaría del 50% al 200%. El mayor uso de bombas de calor con demandas flexibles para desplazar el consumo, vehículos eléctricos, termostatos que pueden evolucionar, etc., nos reduciría a la mitad la necesidad de baterías. Aprovechar la multifuncionalidad nos permitiría lograr optimizar el uso de baterías. Necesitamos salir de la cosmovisión fósil para entrar en otra cosmovisión basada en energías renovables.
De nuevo la falsa disputa entre mercado y regulación
- El artículo 16.2 ¿acepta el modelo de “retribución razonable” de la ley 9/2013 con referencia obligaciones del estado a 10 años? ¿Cómo se acepta un sistema de subastas que ha llevado a cabo, por ejemplo, Alemania y supuso un freno de las renovables por debajo de los limitados volúmenes licitados? La Comisión Europea exige la subasta con el argumento de que es un ahorro respecto el sistema de precios. Lo que hay detrás es la fobia a todo lo que huele a regulación, más si se trata de regular precios. ¿Se imagina que en los medicamentos los precios los determinase el mercado mediante subasta? Financiar la investigación en nuevo medicamentos, sin escenarios previsibles, los nuevos fármacos tardarían, en lugar de meses, años o décadas en llegar. El coste sería prohibitivo. La apuesta por medicamentos de diseño retribuidas con I+D incentiva una burbuja. El protagonismo de las energías renovables, sobretodo la solar, habían sido los ciudadanos (con un límite de 2 MW). Ahora se convierte en un producto financiero (se licita más de 3 GW).
Un ejemplo de fracaso de las subastas; en Francia la biomasa con subastas específicas (no neutrales). Se adjudicaron menos del 20% del volumen a licitar. Y de ese 20% la mitad no se implementó. El Alemania, siguiendo la idea de la “remuneración competitiva” del sistema de licitaciones, tras seis rondas de subastas, el precio de la solar se ha reducido de 9,17 a 6,99 C€/kWh.
En España se han realizado dos subastas, sin diferenciación tecnológica, sin límites de potencia, con amplios márgenes para su ejecución; en la última subasta se adjudica 5 GW: 1,5 GW para ACS, XElio con 455MW, ENEL con 339 MW, Forestalia 316 MW, mientras que Alfamar se queda con 720 MW eólicos. ¿Cuántas acabarán ejecutándose? Tenemos experiencias de concursos eólicos autonómicos con un un kWh ejecutado. Un negocio para expertos en concursos, consultoras que preparan proyectos, etc., con una política climática basada en “vender humo”. California se dio cuenta que incurría en costes en los que el “denostado” modelo alemán de “subvenciones” no incurría; bastaba un “Excel” de retribuciones para que el coste bajase 4 veces. No hace falta una coste 4 veces superior.
- En Alemania un sistema de licitación aprobado por el Bundestag en 2016, mucho mejor que el propuesto por Podemos, fue rechazado por Izquierda, Verdes y diputados del SPD (Marco Bülow, Bettina Müller, Nina Scheer, etc.) y CDU (Enak Ferlemann, Bettina Hornhues, Elisabeth Motschmann, etc.). Para Claudia Kemfert, de DIW, la licitación introduce elementos de economía planificada, cuando el mercado, basado en señales de precios transparentes ofrece predictibilidad. El mercado es un marco de competencia entre productores, en cambio, las licitaciones añaden costes de entrada, traslada riesgo al inversor debido a la incertidumbre de cuanta, de dónde, en qué momento se agrega qué energia y qué tecnología.
Craig Morris respondía a un artículo de Spiegel, en su edición en inglés no alemán, en que tachaba la ley de renovables, la Feed-in Tariff, un monstruo de 40.000 subsidios, tal “disparate” está, en cambio, implantado en 40 países pioneros en renovables. Esas 4.000 categorías diferentes de “subsidios” es una hoja pdf que se descarga para ir al banco a obtener financiación sabiendo el precio de retribución. En Estados Unidos se tarda 6 meses en saber la retribución con complejas fórmulas. Además de quien calcula la retribución, está el coste de cobertura de riesgos, prima riesgo con el banco, etc., el coste se triplica antes de ir a los. La fotovoltaica alemana ha ayudado a reducir el coste de la solar en california. Hoy es preciso una Feed-in Tariff 2.0, cuando 2/3 partes de consumo eléctrico es de fuentes renovable.
- En el artículo 19, el modelo de mecanismo de capacidad, basado en procesos competitivos (generación por debajo de 550 gramos CO2/kWh y baterías) en procesos de concurrencia, deja fuera a edificios que una “prima 2.0” sí incentivaría (verter la solar desde la baterías en horas que el sistema la necesita, basta programar el contador con 24 horas de antelación). En cualquier caso, este mecanismo es mejor que los actuales mecanismos de pago por capacidad. El artículo 19 no establece esa concurrencia por volúmenes discriminando horas.
- ¿Tienen las ciudades un papel central y son el lugar de una gestión integrada en las infraestructuras que son monopolios naturales? La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha asumido funciones de la Comisión Nacional de Energía (CNE). El programa del PSOE incluia crear, al igual que existe en Alemania, una Agencia de Redes para aquello que no es ni mercado ni es competencia. Las ciudades han de entender que las redes no solo distribuyen la energía, también distribuyen información, y con ello el poder del mercado. La neutralidad de las redes con titularidad pública local revierte la libertad para que los ciudadanos sean los productores de su energía.
La reforma del mercado eléctrico en los 90, se concretó con la aprobación de la compleja ley de 1997. Se tenía claro el utilitarismo pragmático de dicha ley. Sirvió para modificar el mix energético. Era una andadera no una verdad inmutable. Hoy los desafíos tecnológicos son muy diferentes de la ley del 1997. Las leyes se cambian al alcanzar sus objetivos.
- Las redes juegan un papel en la transición energética. Hay una apuesta por una gestión de las redes de distribución como servicio público de titularidad municipal (artículo 24.1; aunque el artículo 24.3 contempla que los municipios no opten por la gestión pública). Ni una referencia a la neutralidad de la red y a la información que circula por ella. Las empresas de Berlín venden energía verde y, una parte, generada en el edificio del consumidor. Redes compartidas (artículo 25) se deja su gestión a un agregador (que permita la contratación de la energía con un “único contrato de acceso con la compañía distribuidora o transportista” (artículo 24.2). ¿No se les ocurre que las redes compartidas puedan unir diversos generadores y que el agregador en lugar de comprar puede vender los excedentes a la red?
- Se mantiene la actual estructura de tarifa entre término fijo y término variable (artículo 27.1). En un modelo basado en energías renovables los costes variables se reducirán significativamente. El artículo 28.3 obliga que el autoconsumo contribuya a los costes y servicios del sistema, pero la energía autoconsumida instantáneamente queda exenta. El artículo 28.4 no establece un precio regulado que incentive ese papel activo en dar estabilidad al sistema; en lugar de retribuir la solar generada in situ, se debería retribuir la solar almacenada en batería. De este modo el autoconsumidor no estaría obligado a consumir toda la energía que genera, se le incentivaría el ahorro y a la responsabilidad para ofrecer potencia flexible.
Artículo 29 sobre la gestión de la demanda: lo abandona todo a la sensibilidad y a la educación. La ética de una sociedad está en sus normas, decía Joan Martínez Alier; nosotros tenemos, según nuestras normas, una sociedad muy inmoral.
El artículo 32 establece una auditoria de costes; lo que se ha de auditar son las normas y dogmas que determinan esos costes (presos de las metodologías del actual sistema no vamos a ningún lado por mucho que se audite). El artículo 31 carece de visión integral para poder saber hacia donde debería ir la reforma del mercado.
De la transición energética a la transición ecológica
- El transporte es un motor de la transición energética. El artículo 37 intensifica un 20% la política de máximos de emisiones de vehículos de la UE. Las declaraciones de la ministra de Transición Energética, Teresa Ribera, señalaba algo más que los días contados que tiene el diésel; da una señala la industria para preparar una retirada ordenada de la fabricación del motor de combustión. En Francia los sindicatos reclamaban cambios de estrategia de la industria del automóvil, hacia el coche eléctrico, para garantizar el empleo. En España la única reacción de los sindicatos fue recordar a los miles de trabajadores vinculados a la producción de vehículos diésel. La transición energética necesita de poderosos actores como la industria del automóvil, industria química, etc., que son ganadores, no perdedores.
A la propuesta de Podemos le falta imaginar millones de baterías conectadas a red acelerando la transición energética. ¿Cómo no conectar la transición energética, la movilidad eléctrica y la digitalización de las redes? Pero aún tenemos que ganar poderosos sectores industriales para liderar la transición energética. La industria del automóvil ha sido el motor de la industria del petróleo, hoy puede ser el motor de la industria solar. Hermann Fischer acaba de publicar “Chemiewende” (transición química); que forma parte de la Transición Ecológica, tarea de ministerio de Teresa Ribera. La economía fósil deberá perder poco a poco sus aliados que ven oportunidades en la economía solar. Aquí residen los límites de estudios sobre el potencial de empleo por considerar la transición energética algo muy limitado. Igual que sucedió en las tecnologías de la información, la industria pasó de tener pocos y grandes clientes a tener a todos los ciudadanos como potenciales clientes. La generación distribuida con renovables modifica completamente la estructura del mercado (de ahí los absurdo de las mega licitaciones con la excusa de que el precio por unidad es menor en las economías de escala).
- El papel de ciudades en transición energética en las ciudades queda por desarrollar en el artículo 41.3.f: el papel de la gestión municipal de las redes de distribución (del artículo 24). Ni siquiera medidas como lograr contadores inteligentes para gestionar la demanda, el uso de la plataforma blockschain para intercambios locales de energía entre particulares (el nombre más apropiado es energy-chain), temas innovadores muy abiertos que hace de la ciudad la protagonista. Aun así, me parece más interesante el modelo adoptado en Berlín, a partir de la enmienda, incentivando el autoconsumo tan solo modificando un poco el contrato (un precio 8 veces inferior por los kWh consumidos del propio edificio).
- Desinversión de combustibles fósiles. El artículo 46 pide que los fondos de inversión, la participación en bonos, etc., no sirvan para financiar los combustibles fósiles. Obliga a desprenderse de ellos en 2 años. Cuando en lo que trabaja el Ministerio de Transición, en parte recogido en la propuesta de la oposición (PP) de ley del clima, es en hacer informes de riesgos de carbono, realizados, como hace Inglaterra, por el Banco Central. De este modo los inversiones están advertidos de los riesgos de sus carteras de inversiones para que cambien de opción. Que en el país se evalúe los riesgos financieros del conjunto de la economía. En cualquier caso es optimista respecto el papel activo de los inversores con una escandalosa endogamia de altos directivos premiados por repartir dividendos para la cena pero sin pensar en el desayuno.
Aspecto para una transición ecológica
- El pacto por la economía circular (artículo 49.2) orientada a fomentar la eficiencia de recursos y los objetivos de tasa de uso circular de materiales. La economía circular debe abandonar recursos fósiles, que acaban como residuos, apostar por recursos biológicos, que vuelven de la eco-esfera a la bio-esfera. Esto no es garantía de sostenibilidad cuando se hace un uso intensivo del aceite de palma a base de deforestación, expulsión población autóctona, etc. China usa tubería de bambú, con un coste energético cero. El artículo 54.2.b: apuesta por el sistema de depósito, devolución y retorno. Las etiquetas como “ecolabel” con 25 años sin ser sostenibles ni “completamente” biodegradables son pasos de un consumo “responsable”. Y también saludable. Seguimos en estrategia para optimizar un sistema de gestión de residuos que consume miles de millones que no se pueden contabilizar como “PIB verde” sino como un sistema de despilfarro antieconómico. Articulo 57 3.c. más que reciclar plástico ir a bio-plásticos.
- Otro motor de la transición energética es la agricultura. Proporciona materia orgánica para la reconversión ecológica de la industria química e implantación de bio-refinerías. Dentro de la estrategia de Desarrollo sostenible, la UE acaba de aprobar el reglamento 848/2018. El objetivo (artículo 59.1) es tener un 20% de agro-ecología en 2030. El producto ecológico crece un 14% frente el 2% de agricultura convencional (pero Europa compra más ecológico que España). Austria tiene el objetivo de 100% de agroecología en 2030, Baviera doble en 2020 y de convertirse en Eco-Región en 2030
Grandes superficies europeas implantadas en España están presionando a los proveedores para que produzcan productos ecológicos. Más que presionar por el precio, presionan por la calidad (un error pondría en tela de juicio su reputación). Baviera tiene un certificado ecológico que recoge sellos privados de calidad superior: Demeter, Biland, Naturland. La biodinámica en la Anoia está en ebullición (Recadero, Raventós i Blanc, etc.); aquí se hacen propuestas de crear una D.O. (Denominación de Origen) Conca Riu Anoia.
Hoy la D.O. esta desvirtuada al considerar, tan solo, el territorio sin pensar en los aspectos cualitativos, por ejemplo, su biodiversidad. Una parte de salinidad proviene de un suelo sin actividad biológica, incapaz de transformar sales en nutrientes. Los “preparados biodinámicos” incluidos en el Reglamento 848/2018 de la UE fortalece esa actividad biológica del subsuelo. En cambio la raíces de la agricultura convencional la raíces vuelven a la superficie al no encontrar vida en el subsuelo por el vertido de plaguicidas que amenazan la seguridad alimentaria.
¿Apuesta por a agro-ecología?
Los cerificados de producción ecológica de las comunidades autónomas no son capaces de expresar una calidad que ya se expresa en la certificación Europea. Baviera crea una certificación que integra diversas filosofías: Bioland, Demeter u otras. Si el kilo de uva de D.O. se paga a la mitad del precio, la estrategia no puede ser doblar la producción con una peor calidad, externalizando costes ambientales y sociales. Y no se pierde la D.O. Esta pierde valor en el mercado. Y el precio al que se paga será en el futuro más bajo. Es una estrategia suicida del sector. La fruta seca tiene una certificación inferior que el que le corresponde porque el mercado no reconoce esa certificación superior. La administración no está por la labor. La ley catalana de cambio climático incluye la supresión de agrotóxicos, falta impulsar vitalizantes. La entrada de grandes superficies en agroecología permite redes de distribución más robusta que abaratan el precio, mejoran la educación, la salud alimentaria y permite que crezca una demanda interior.
Aquí se puede dar un salto si se consciencia de los beneficios en la salud y en el medio ambiente de los consumidores. En el artículo 61 se habla de reducción de fertilizantes nitrogenados, un suelo vivo, con elevada biodiversidad, bacterias y microorganismos que generan nitrógeno de alta calidad. En un suelo sin vida, por el uso de plaguicidas, la fertilidad la aporta artificialmente el nitrógeno. Con un problema de sostenibilidad y pérdida de “seguridad alimentaria” que intenta revertir el reglamento con respuestas.
- Articulo 61.2; dar subvenciones por “reducir fertilizantes nitrogenados”. ¿Y subvencionar a “preparados fertilizantes” (del Reglamento 848/2018)? ¿Tienen nitrógeno esos preparados? Esta es una visión “pasiva” de la agricultura ecológica. ¿Cómo puede ser ecológico un suelo sin vida con “nuevos plaguicidas y herbicidas compatibles con el medio ambiente” -artículo 62-? ¿Por qué matar la biodiversidad del suelo, aunque sea con productos ecológicos, en lugar de mejorar la vida y su biodiversidad? Entonces las plantas necesitan fertilizantes nitrogenados. Se ha de fertilizar el subsuelo.
Es una visión arrogante pensar que las plantas solo se alimentan de abonos orgánicos o sintéticos, sin pensar un momento en el suelo y la planta. Hace falta investigación, formación, ampliar registros para nuevos productos, etc. La pérdida de biodiversidad no solo tiene su causa en el cambio climático. La agroecología es la base del desarrollo sostenible, por sus efectos positivos sobre el medio ambiente, no solo para el eficaz funcionamiento del mercado, garantizar un renta justa, etc., sino para garantizar la fertilidad de la tierra y, con ello, la seguridad alimentaria que revierte en agricultores y consumidores.
- Lo más débil de la propuesta es la fiscalidad sobre el CO2 (artículo 93-95). Elude el tema de la “finalidad” de la fiscalidad ecológica. La tasa de algunos céntimos de euros el kWh no busca hacer prohibitiva la generación eléctrica convencional para hacer “competitiva” las energías renovables. La energía renovable cobra un precio regulado formado por el precio de mercado más la tasa al kWh. La oferta de compra a precios regulados generó una demanda con una competencia entre fabricantes abaratando costes. Los mercados de carbono, en cambio, suponen un precio marginal de la última tecnología que entra en el mercado cuyo precio se aplicará a las demás tecnologías. Eso son beneficios caídos del cielo. Pero lo que pagan por el CO2 lo recuperan con las “compensaciones”. para retribuir el “déficit de tarifa”, Hace 25 años, sin las alternativas desarrollada, se planteaba reducir cotizaciones sociales. El coste del CO2 ni supone una preferencia por tecnologías fósiles con un “mejor balance de carbono”. Lo que ha revolucionado el mercado energética con renovables ha sido esa Feed-in Tariff en extinción. Mejorarlo no es abolirlo.
El trabajo se cierra con el tema de la transición justa. Justa para los afectados del cierre de las nucleares. No se habló de justicia para los cientos de miles de empleo perdidos con el freno a las energías renovables para que no hacer peligrar el empleo de la energía convencional. Tampoco se habla de justicia para los inversores que con sus ahorros permitieron acelerar la caída de precios de las renovables que equivale a una subvención de 5 veces su coste. Respecto e bono social, establece un sistema de bonificación sin incluir mejoras de eficiencia energética o autoconsumo (cuando el kWh solar es una décima parte del bono social). El fin de la generación eléctrica con carbón no necesariamente será el fin del carbón. El carbón es un material estratégico como la fibra de carbono, etc., en la transición energética. Permite que zonas mineras cuya economía es quemar su riqueza, hagan algo productivo con ella, no destructivo. Tiene potencial para el desarrollo de alta tecnología y sectores emergentes de la transición energética (fibra de carbono para coches eléctricos, etc.). La mejor forma de abordar una transición justa es lograr que sectores industriales atrincherados en el pasado fósil, pensado que son perdedores, descubran oportunidades que les ofrece la transición ecológica
Jordi Ortega pertenece al Grupo de Investigación de Cambio Climático y Sostenibilidad de la Universidad Carlos III.